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Última voluntad, poder notarial duradero, testamento vital (otros estados)

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this  a durable power of attorney  form | Miami Beach

 

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  Poder notarial duradero (poder financiero)

Rellene los datos necesarios para generar un poder notarial. Después de enviar la información, recibirá los documentos para su revisión. El documento cumplimentado se enviará en formato PDF con la información que haya facilitado. Este es el ejemplo del formulario que figura a continuación.

 

 

En el día ___ de __________________, 20____ Yo, __________________, el
principal, de __________________, Estado de __________________, por la presente designan a
__________________, de __________________, Estado de __________________, mi
apoderado (en lo sucesivo, mi "apoderado"), para que actúe en mi nombre con mis iniciales,
en mi lugar y en mi beneficio, por la presente revoco todos y cada uno de los poderes financieros
Puede que haya ejecutado en el pasado.


Por favor, facilite los detalles de la cargo/título de la persona que designe como Apoderado.

 


PODERES DEL APODERADO


Mi apoderado ejercerá poderes en mi interés y para mi bienestar como
fiduciario.

 

 Revocación de poderes generales otorgados con anterioridad.


Ahora revoco cualquier poder general que haya firmado anteriormente. No obstante, el
La frase anterior no tendrá el efecto de revocar ningún poder directamente relacionado con mi atención sanitaria que haya firmado previamente.

 Alcance del poder del apoderado

Mi Apoderado ("Agente") tendrá plenos poderes y autoridad para actuar en mi nombre. Estará autorizado a
gestionar y dirigir todos mis asuntos y ejercer todos mis derechos y poderes legales, incluidos todos los derechos y

poderes que pueda adquirir en el futuro. Los poderes de mi Agente incluirán, entre otros, los siguientes:
1. Abrir, mantener o cerrar cuentas bancarias y financieras, cuentas de corretaje y otras cuentas similares.
cuentas en entidades financieras.
a. Realizar cualquier gestión con una entidad bancaria o financiera en relación con cualquiera de mis
cuentas, lo que incluye, entre otras cosas, realizar depósitos y reintegros, obtener
extractos, libretas de ahorro, letras de cambio, giros postales, garantías y certificados o vales pagaderos
por cualquier persona, empresa, corporación o entidad política.
b. Realizar todos los actos necesarios para depositar, negociar, vender o transferir cualquier pagaré, valor o letra de cambio
de los Estados Unidos de América, incluidos los valores del Tesoro estadounidense.
c. Tener acceso al contenido de cualquier caja de seguridad de mi propiedad o a la que tenga acceso.
2. Vender, intercambiar, comprar, invertir o reinvertir activos o bienes de mi propiedad, incluidos los ingresos.
activos y bienes que produzcan o no ingresos.
3. Adquirir y/o mantener un seguro, incluido un seguro de vida sobre mi vida o la vida de cualquier otro
persona adecuada.
4. Tomar las medidas legales necesarias para cobrar cualquier cantidad o deuda que se me adeude o para resolver cualquier reclamación,
tanto si se hace contra mí como si se hace valer en mi nombre contra cualquier otra persona o entidad.
5. Celebrar contratos vinculantes en mi nombre.
6. Ejercer derechos bursátiles en mi nombre como mi apoderado, incluidos todos los derechos relativos a acciones, bonos,
obligaciones u otras inversiones.
7. Mantener y/o explotar cualquier negocio de mi propiedad.
8. Contratar la asistencia profesional y empresarial que proceda, incluidos abogados,
contables y agentes inmobiliarios.
9. Vender, arrendar, ceder, hipotecar, administrar, asegurar, reparar, mejorar o realizar cualquier otro acto con respecto a
a cualquiera de mis bienes inmuebles que posea en la actualidad o adquiera posteriormente, incluidos, entre otros, bienes inmuebles y
derechos inmobiliarios (incluido el derecho a desalojar a los inquilinos y a recuperar la posesión). Esto incluye los
derecho a vender o gravar cualquier bien inmueble que posea o pueda poseer.
10. Preparar, firmar y presentar documentos ante cualquier organismo o agencia gubernamental, incluidos, entre otros
a, autorización a:
a. Preparar, firmar y presentar declaraciones de la renta y otros impuestos federales, estatales, locales y de otro tipo.
organismos gubernamentales.
b. Obtener información o documentos de cualquier gobierno o de sus organismos y negociar,
comprometer o resolver cualquier asunto con dicho gobierno u organismo (incluidos los asuntos fiscales).
c. Preparar solicitudes, facilitar información y realizar cualquier otro acto que se le solicite razonablemente.
por cualquier gobierno o sus organismos en relación con prestaciones gubernamentales (incluidas las militares).
y prestaciones de la seguridad social)

11. Hacer donaciones de mi patrimonio a familiares y otras personas o a organizaciones benéficas.
organizaciones con las que tengo un patrón establecido de donaciones. Sin embargo, mi Agente no puede hacer
donaciones de mis bienes al propio Agente. Nombro a ________________________, con domicilio en
en __________________________________________, como mi Agente sustituto con el único propósito
de hacer donaciones de mis bienes a mi Agente, según proceda.
12. Transferir cualquiera de mis activos al fideicomisario de cualquier fideicomiso revocable creado por mí si dicho fideicomiso está en
existentes en el momento de dicha transferencia.
13. Renunciar a cualquier interés que pudiera serme transferido o distribuido de cualquier otro
persona, patrimonio, fideicomiso u otra entidad, según proceda.
El presente poder se interpretará en sentido amplio como un poder general. La enumeración de los poderes específicos
no pretende limitar o restringir en modo alguno los poderes generales otorgados en este Poder.
Cualquier poder o autoridad otorgada a mi Agente en virtud del presente documento se limitará a lo necesario para
impedir que este Poder cause:
(i) que mis ingresos sean imponibles a mi Agente,
(ii) que mi patrimonio esté sujeto a un poder general de nombramiento por parte de mi Agente y
(iii) a mi Agente para que disponga de cualquier incidente de titularidad relativo a cualquier póliza de seguro de vida que yo pueda
propia sobre la vida de mi Agente.
Mi agente no será responsable de ninguna pérdida resultante de un error de juicio cometido de buena fe. No obstante, Mi agente será responsable de las faltas intencionadas o de la no actuación de buena fe mientras actúe bajo la autoridad
de este Poder.
Autorizo a mi Agente a indemnizar y eximir de responsabilidad a cualquier tercero que acepte y actúe en virtud de este documento.
5. Compensación
Mi Agente tendrá derecho a una remuneración razonable por los servicios prestados en calidad de mi Agente. Mi Agente deberá
también tendrá derecho al reembolso de todos los gastos razonables incurridos con este Poder.
6. Contabilidad
Mi Agente deberá rendir cuentas de todos los fondos manejados y de todos los actos realizados como mi Agente si así lo solicito.
o si dicha solicitud la realiza cualquier representante personal autorizado o fiduciario que actúe en mi nombre.
7. Fecha de entrada en vigor
El presente poder entrará en vigor inmediatamente. No se verá afectado por mi incapacidad o falta de
competencia mental, salvo que una ley estatal aplicable disponga lo contrario.
8. Revocación
Puedo revocar este poder en cualquier momento notificándolo por escrito a mi agente.


AUTORIDAD DEL APODERADO:

Cualquier parte que trate con mi apoderado
puede basarse absolutamente en la autoridad otorgada por la presente y no necesita recurrir a la
aplicación de cualquier producto ni la autoridad de mi apoderado en cuanto a cualquier acción
adoptadas en virtud del presente. A este respecto, ninguna persona que pueda, de buena fe, actuar basándose en
las declaraciones de mi apoderado o la autoridad otorgada en virtud del presente documento incurrirán en
cualquier responsabilidad hacia mí o mi patrimonio como resultado de dicho acto. Por la presente ratifico y confirmo
todo lo que mi apoderado pueda hacer legalmente en virtud de este instrumento. Mi apoderado
está facultado para interponer ante los tribunales las acciones que considere necesarias para que esta
se otorgará al instrumento todo el poder y efecto que pretendo al ejecutarlo.


RESPONSABILIDAD DEL APODERADO: Mi apoderado no incurrirá en responsabilidad alguna ante
en virtud de este poder, salvo por incumplimiento de un deber fiduciario.


REEMBOLSO DEL APODERADO: Mi apoderado tiene derecho a
el reembolso de los gastos razonables ocasionados por el ejercicio de las facultades que le confiere el presente Reglamento, y
a una compensación razonable por los servicios prestados como apoderado.


MODIFICACIÓN Y REVOCACIÓN: Puedo modificar o revocar este poder
mediante escrito entregado a mi apoderado. Cualquier modificación o revocación
ineficaz frente a un tercero hasta que éste reciba notificación de dicha revocación o
enmienda.


Tener testigos para un el poder notarial duradero es importante en Florida por varias razones:

  • Garantiza que el poder está debidamente ejecutado y es válido conforme a la legislación de Florida. De acuerdo con la Sección 709.2105, para que un poder sea válido, usted debe firmar el poder de Florida en presencia física de dos (2) testigos y debe ser reconocido por un notario.12. Todos debéis firmar en presencia del otro al otorgar el poder.
  • Protege al poderdante del fraude, la coacción o la influencia indebida. La presencia de testigos puede ayudar a verificar que el poderdante firmó el poder voluntariamente y con pleno conocimiento de sus consecuencias. Los testigos también pueden atestiguar la capacidad mental y la intención del poderdante al firmar el poder.
    • Facilita la aceptación y el reconocimiento del poder por terceros. Contar con testigos puede ayudar a demostrar la autenticidad y validez del poder a bancos, entidades financieras, proveedores de asistencia sanitaria y otras entidades que puedan exigir una prueba de la autoridad del agente para actuar en nombre del poderdante.
    •  

    Los testigos de un poder notarial duradero en Florida no pueden ser ningún miembro de la familia ni nadie con intereses financieros para el poderdante porque:

    • Evita conflictos de intereses y posibles abusos de poder. La presencia de testigos relacionados o vinculados económicamente con el mandante o el mandatario puede suscitar dudas sobre su imparcialidad y credibilidad. Pueden tener motivos ocultos o intereses personales en los asuntos del mandante que podrían comprometer su juicio o testimonio.

Testamento vital

living will health care directive


Testamento vital

Testamento vital Instrucciones previas sobre atención sanitaria


Por favor, facilite los detalles de la cargo/título de la persona que designe como Designación del Defensor de la Salud.


Defensor de la salud Poderes generales

 

Si soy incapaz de tomar decisiones sobre atención sanitaria, custodia y tratamiento médico, mi agente de atención sanitaria o defensor tendrá el poder de tomar estas decisiones en mi nombre. Este poder sólo se otorgará si mi médico tratante y/o de cabecera determina que soy incapaz de tomar estas decisiones. Tengo directivas específicas con respecto a la prestación de atención médica en determinadas condiciones sanitarias. Por lo tanto, deseo dirigir mi tratamiento médico mediante las siguientes condiciones.

TRATAMIENTO MÉDICO DE SOPORTE VITAL


Si soy incapaz de tomar decisiones debido a una lesión, enfermedad o dolencia incurable que se determine que es una afección terminal, declaro que mi agente de atención médica o defensor tendrá el poder de tomar decisiones en mi nombre. Este poder se otorgará únicamente si mi médico tratante y/o de cabecera determina que soy incapaz de tomar estas decisiones. Tengo directrices específicas respecto a la prestación de atención médica en determinadas condiciones sanitarias. Por lo tanto, deseo dirigir mi tratamiento médico mediante las siguientes condiciones.


CONFORT Y ALIVIO DEL DOLOR


En relación con las situaciones médicas anteriormente descritas, dispongo lo siguiente
relativos a los cuidados de confort y el alivio del dolor.


OBLIGACIÓN DEL DEFENSOR
Mi defensor o agente designado tomará decisiones de atención sanitaria en mi nombre de acuerdo con mis demás deseos conocidos por mi defensor y/o agente. En la medida en que mi abogado o agente no conozca mis deseos, mi abogado o agente tomará las decisiones de atención sanitaria necesarias en mi nombre de acuerdo con lo que mi abogado considere que es lo mejor para mí. Para determinar lo que más me conviene, mi defensor tendrá en cuenta mis valores personales en la medida en que los conozca.


DECISIONES SOBRE EL FINAL DE LA VIDA
Doy instrucciones a mi defensor médico, a mi proveedor de atención sanitaria y a otras personas que puedan participar en mi atención sanitaria, para que retengan o retiren el tratamiento de acuerdo con la opción que he indicado a continuación


Firme aquí

Last Will & Testament

last will and testament


Si ha designado beneficiarios menores de 18 años, lea esta sección. Si esto no se aplica a su testamento, puede omitir esta sección. y escriba N/A en los campos de nombre.

                                                              Bienes personales


Cedo todos los bienes personales tangibles de mi propiedad en el momento de mi fallecimiento, incluidos, sin carácter limitativo
limitación, efectos personales, ropa, joyas, muebles, enseres domésticos,
automóviles y otros vehículos, junto con todas las pólizas de seguro sobre dichos bienes tangibles,
de acuerdo con los designados en el Anexo - Designación de beneficiarios adjunto, y si
cualquiera de ellos sea menor de dieciocho (18) años, entonces dicha propiedad se mantendrá en
fideicomiso hasta su mayoría de edad.


En virtud y de conformidad con el Anexo - Designación de beneficiarios adjunto al presente
Testamento, firmado por mí y en el que se identifican ciertos bienes personales que se otorgarán al
personas nombradas en el mismo, ordeno a mi albacea que distribuya dichos bienes en estricto cumplimiento
con las condiciones y disposiciones contenidas en el presente documento.
Los honorarios razonables de la entrega de dichos bienes serán pagados por mi albacea como gasto de
mi patrimonio.


EFECTIVO, CUENTAS BANCARIAS, INVERSIONES


Otorgo y lego cualquier interés que pueda pertenecerme en el momento de mi muerte en
de acuerdo y en conjunción con el Anexo adjunto - Designación de beneficiarios y un
listado de cuentas preparado por separado que detalle las cuentas corrientes y de ahorro, los certificados de
designados de depósitos, efectivo, cheques, pagarés y/o pagarés.


LEGADOS O DONACIONES FALLIDOS


En caso de que alguno de los legados, donaciones o legados fracase debido a circunstancias que no puedan conciliarse
con los términos de este documento o mis deseos expresos, doy, lego y heredo tal, en la alternativa,
a mi patrimonio residual.


Si ha designado beneficiarios menores de 18 años, lea esta sección. Si esto no se aplica a su testamento, puede omitir esta sección y escribir N/A en los campos de nombre.

 

FIDEICOMISO TESTAMENTARIO 


Cualquier propiedad, activo u otra distribución de mi patrimonio destinada a un beneficiario menor de 18 años
años de edad en el momento en que deba efectuarse la distribución, no se pagará ni distribuirá en su totalidad a
a dicho beneficiario, sino que serán mantenidos en fideicomiso por mi fideicomisario, _____________. Si este fideicomisario
no puede o no quiere actuar como Fiduciario, _________ será nombrado Fiduciario. Si ninguno de estos
fideicomisarios o estén dispuestos o capacitados para desempeñar las funciones de fideicomisario, las funciones del fideicomisario se llevarán a cabo
por mi albacea en calidad de fideicomisario, con arreglo a las siguientes condiciones.
El fideicomisario mantendrá, gestionará, invertirá y reinvertirá los bienes de dicho beneficiario en un
fideicomiso separado y distribuirá a favor del beneficiario la cantidad o la totalidad de la
ingresos netos o principal del mismo que el Fiduciario, a su entera discreción, considere
necesario para garantizar la salud, la educación, el mantenimiento y la manutención de dicho beneficiario, teniendo en cuenta
en consideración cualesquiera otros recursos de que disponga dicho beneficiario. Los ingresos netos no abonados
se acumularán y añadirán al capital al menos una vez al año y, a partir de entonces, se mantendrán,
administrado y dispuesto como parte del mismo.
Cuando dicho beneficiario cumpla _________ años, el fideicomisario distribuirá _________
de los activos fideicomitidos en ese momento a dicho beneficiario; y si dicho beneficiario alcanza
_________ años de edad, el Fideicomiso se extinguirá automáticamente y el Fiduciario distribuirá
todo el capital e ingresos restantes a dicho beneficiario. No obstante lo dispuesto en el presente
de lo contrario, mi Fiduciario podrá determinar que lo mejor para el beneficiario es
poner fin al fideicomiso antes de que dicho beneficiario cumpla _________ años y distribuir todo
directamente a dicho beneficiario o en una cuenta de custodia establecida para dicho beneficiario.
beneficiario, y mi Fiduciario no tendrá responsabilidad alguna por ello.
Si dicho beneficiario fallece antes de recibir todos los activos de su fideicomiso, el capital y el
los ingresos del fideicomiso de dicho beneficiario se pagarán y distribuirán a los vivos de dicho beneficiario
Descendientes, si los hubiere; y si no los hubiere, a mis Descendientes vivos, con la condición, no obstante, de que si alguno de ellos
dicho Descendiente es beneficiario de otro fideicomiso en virtud de este testamento, dichos bienes de otro modo
distribuibles a dicho beneficiario se mantendrán de acuerdo con dicho fideicomiso. Si no tengo
Descendientes, dichos bienes se distribuirán entre los beneficiarios de mi herencia como
previstas en este testamento, o si no las hay, a las personas que tendrían derecho a ellas en virtud de
las leyes de sucesión y distribución del Estado de ________________ si hubiera fallecido intestado en
en ese momento poseía dicha propiedad en pleno dominio.


Por favor, lea:

EVITAR LA TUTELA

Si algún bien de mi patrimonio pasa en propiedad absoluta a un menor o incapaz, mi
El albacea, en cualquier momento y sin autorización judicial, podrá:
1. distribuir la totalidad o parte de dichos bienes al beneficiario;
2. conservar dichos bienes en fideicomiso y destinar la totalidad o parte de ellos a la salud, la educación,
mantenimiento y apoyo del beneficiario;
3. distribuir la totalidad o una parte a un tutor, curador, comité u otra persona jurídica
representante del beneficiario;
4. distribuir la totalidad o parte a un depositario para el beneficiario en virtud de cualquier donación o transferencia
a menores
5. distribuir la totalidad o parte a la persona o personas con las que resida el beneficiario.
La prueba de dicha distribución o el recibo de la misma firmado por la persona a la que la
de mi albacea de cualquier responsabilidad con respecto a la distribución.
a la misma, aunque mi albacea sea dicha persona.
Si dicho beneficiario fallece antes de recibir la totalidad de los bienes conservados, el principal y los
los ingresos del fideicomiso de dicho beneficiario se pagarán y distribuirán a los vivos de dicho beneficiario
Descendientes, si los hay; y si no los hay, a mis Descendientes vivos. Si no tengo descendientes vivos,
dichos bienes se distribuirán entre los beneficiarios de mi herencia residual, según lo dispuesto en el presente
testamento o, en su defecto, a las personas a quienes correspondería en virtud de las leyes de sucesión
y distribución del Estado de ________________como si hubiera fallecido intestado en ese momento poseyendo
dicha propiedad en pleno dominio.


Lea toda la información :

INTERVENCIÓN JUDICIAL
Dispongo que mi patrimonio se liquide sin intervención de ningún tribunal, salvo en la medida en que
por la ley, y que mi albacea liquide mi herencia de la manera que le parezca mejor y
más conveniente para él/ella, y por la presente autorizo a mi albacea a hipotecar, arrendar, vender,
intercambiar y transmitir los bienes muebles e inmuebles de mi patrimonio sin orden judicial para
a tal efecto y sin previo aviso, aprobación o confirmación y en todos los demás aspectos para administrar
y resolver mi patrimonio sin la intervención del tribunal.


DISPOSICIÓN DE DESPILFARRO


El interés de cualquier beneficiario de cualquier fideicomiso creado en virtud de este testamento no será transferido,
cedido o transmitido, y no estará sujeto a las reclamaciones de ningún acreedor de dicho beneficiario,
o de cualquier gobierno u organismo local, estatal o federal, o de cualquier organismo privado, y la
fideicomisario, o si no he nombrado fideicomisario, por mi albacea en calidad de fideicomisario, deberá
seguir distribuyendo los bienes fideicomitidos directamente a dicho beneficiario o en su beneficio, según lo dispuesto
no obstante cualquier transferencia, cesión, traspaso o acción de los acreedores.
gobiernos u organismos. Si el Fiduciario se ve impedido por cualquier transferencia, cesión o transmisión
o por cualquier procedimiento iniciado por cualquier acreedor, gobierno u organismo o por cualquier quiebra,
de distribuir bienes directamente a cualquier persona o en beneficio de ella.
beneficiario, el fideicomisario conservará y acumulará los bienes que, de otro modo, habrían
hasta que el fideicomisario pueda distribuir dichos bienes directamente a los beneficiarios o en su beneficio.
de dicho beneficiario, o hasta su fallecimiento, lo que ocurra primero; y en el
fallecimiento de dicho beneficiario, los bienes así poseídos y acumulados pasarán a formar parte de la
principal del fideicomiso y se dispondrá de él en consecuencia.


Por favor, lea:

FIANZAS/AUDITORÍAS NO EXIGIDAS


Por "fiduciario" se entenderá cualquier albacea, fideicomisario o sucesor que reúna las condiciones necesarias y preste servicios en calidad de tal.
en virtud de este testamento.
No se exigirá a ningún Fiduciario que presente o proporcione ninguna fianza, aval u otra garantía en ningún
jurisdicción, ni se exigirá a ningún Fiduciario en virtud del presente documento que presente ningún inventario u otros informes.
con cualquier tribunal.
No se exigirá a ningún Fiduciario que investigue o audite los actos o hechos de ningún predecesor.
Fiduciario o para reclamar contra cualquiera de dichos predecesores o su patrimonio.


PODERES DE LOS ALBACEAS TESTAMENTARIOS


Todo albacea o fideicomisario que actúe en virtud de este testamento será un fiduciario al que se le otorgarán todos los poderes
conferidas por las leyes, en su versión modificada.
Cualquier Fiduciario sucesor tendrá y podrá ejercer todos los poderes, privilegios, inmunidades
y exenciones conferidas al Fiduciario predecesor tan plenamente y en la misma medida como si
dicho sucesor hubiera sido nombrado inicialmente Fiduciario. Todo Fiduciario que preste sus servicios en virtud del presente
Llevará una contabilidad completa y elaborará y presentará estados de todos los ingresos y desembolsos a
al menos una vez al año a cada persona que en ese momento tenga derecho a percibir ingresos de mi patrimonio o de cualquier fideicomiso creado
en virtud del presente documento y, en cualquier momento, a petición razonable de dicha persona, proporcionará información completa
información a dicha persona sobre el estado de mi patrimonio, incluidas las cantidades recibidas y
desembolsos realizados.
Todo Fiduciario en virtud de este Testamento podrá dimitir sin orden de ningún funcionario o tribunal y sin
consentimiento de cualquier beneficiario de cualquier disposición de este testamento dando al sucesor de dicho Fiduciario
y todas las personas que en ese momento tengan derecho a percibir ingresos en virtud del presente, o los tutores de dichas personas,
treinta (30) días de preaviso por escrito de su intención de dimitir, o en cualquier momento dimitir por
instrumento por escrito firmado por dicho albacea o fideicomisario y entregado a las personas en ese momento
derecho a las rentas de mi patrimonio o de dicho fideicomiso. En el caso de un albacea, el fiduciario
también debe notificarlo al Tribunal competente para la administración de mi herencia; y
tras rendir cuentas de todos los bienes recibidos y desembolsados, será liberado
de toda responsabilidad ulterior. En el caso de un Fiduciario, el Fiduciario debe entregar el fideicomiso
al fideicomisario sucesor y tras contabilizar debidamente todos los bienes fiduciarios recibidos
y desembolsado, quedará liberado de toda responsabilidad ulterior.
En caso de que un Fiduciario sucesor no pueda o no quiera ejercer sus funciones, podrá nombrar a un segundo sucesor.
Fiduciario para que actúe en su lugar, enviando un instrumento firmado en el que se designe a un sucesor
entregado a cada beneficiario vivo en virtud de mi testamento haciendo referencia expresa a este poder y
el segundo Fiduciario sucesor podrá ejercer poderes sobre una base prospectiva y contingente
hasta su entrada en vigor:
Remunerar a los abogados y emplear a otras personas que se consideren necesarias para la adecuada
administración y delegar autoridad cuando la delegación sea ventajosa para el fideicomiso o la sucesión.
Ejercer y continuar el poder previsto en esta sección a pesar de la terminación de
el fideicomiso hasta que se hayan distribuido todos los activos del fideicomiso.
Derecho a recibir una compensación razonable por los servicios prestados en relación con este testamento,
y a ser exonerado y a pagar todos los gastos y cargas razonables de la herencia y el fideicomiso.


SUPERVIVENCIA


Dispongo que, a efectos de este testamento, se considere que un beneficiario me ha precedido en la muerte a menos que
dicho beneficiario me sobrevive por más de treinta (30) días.

 

CONCURSOS DESESTIMADOS


Si algún beneficiario impugnara o iniciara un procedimiento para impugnar la validez de este testamento o para
impedir que cualquier disposición del presente documento se aplique de conformidad con sus términos (ya sea o no
no de buena fe y con causa probable), entonces todas las prestaciones previstas para dicha impugnación
beneficiario en este Testamento, incluidos sus Descendientes, quedarán revocados y anulados.
La parte a la que dicho beneficiario impugnante habría tenido derecho de otro modo será
distribuido a tales personas y de tal manera como si dicho beneficiario impugnante y la totalidad de dicho
Descendientes del beneficiario hubieran fallecido inmediatamente antes de dicha división sin ejercer ninguna
poder de nombramiento que de otro modo podrían tener en virtud de este testamento.
Si todas las personas que son beneficiarias de este testamento se adhieren a dicho concurso o procedimiento, mi
la herencia se distribuirá a cualquiera de las personas que no sean beneficiarios impugnantes y que
que de otro modo tendrían derecho a ello en virtud de las leyes de sucesión y distribución del Estado de
________________, como si hubiera fallecido intestado en ese momento poseyendo dicha propiedad en pleno dominio.


Por favor, escriba la siguiente información relativa a sus designaciones de beneficiarios:

Schedule -Designations


es_ESES